Estatutos
Página: 1 - 2 - 3 - 4 - 5 - 6 - 7 - 8 - 9 - 10 - 11 - 12 - 13 - 14 - 15 - 16 - 17
 

ARTICULO 50°-Serán funciones del Tesorero:

A.      Administrar los bienes de la Asociación, cuyos programas deberán ser aprobados por la Mesa Directiva.

B.      Supervisar y controlar al mantenimiento de los libros y registros de la contabilidad, responsabilizándose expresamente de todos los movimientos de la misma.

C.      Mantener actualizado el pago de las cuotas de los miembros de la Asociación.

D.      Rendir informe anual de su gestión a la Asamblea General y cada vez que la Mesa Directiva se lo solicite.

ARTICULO 51°-Serán funciones de los Vocales:

A.      Colaborar a los demás miembros de la Mesa Directiva en sus funciones.

B.      Actuar como enlace entre la Mesa Directiva y las diferentes Sociedades afines, Capítulos Regionales o Unidades de Terapia Intensiva del País y del extranjero.

C.      Actuar como organizador y coordinador de aquellas comisiones que le sean asignadas por la Mesa Directiva.

ARTICULO 52°-Para el mejor cumplimiento de los fines de la Asociación existirán las siguientes comisiones:

A.      De Honor y Justicia.

B.      De Programa Académico.

C.      De Prensa y Difusión.

D.      De Coordinación Regional.

E.      Otras que fuera necesario constituir a juicio de la Mesa Directiva.